- Los hijos cualificados son aquellos conocidos como hijo o hija, hijastro o hijastra, hijo o hija de crianza, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente de cualesquiera de ellos (por ejemplo, su nieto, su sobrina o su sobrino).
- Debe ser menor de 18 años al finalizar el año 2021 y ser más joven que usted (o su cónyuge, si presentan una planilla conjunta) a menos que estuviese permanente y totalmente incapacitado (minusválido).