Child Tax Credit 2022

Para el año contributivo 2022, cualifica para este crédito reembolsable aquellos contribuyentes residentes de Puerto Rico durante todo el año contributivo 2022 que tengan al menos un (1) hijo y/o dependiente cualificado de 16 años o menos al 31 de diciembre de 2022 y que hayan recibido ingresos por concepto de salarios de una empresa privada en Puerto Rico (Comprobante de Retención de Puerto Rico-Formulario W2).

 

En el caso de los que trabajan por cuenta propia y/o servicios prestados cualifican para reclamar el CTC, pero sera descontado del pago de la contribucion del Seguro Social.

El contribuyente podrá recibir hasta $1,500.00 o la cantidad aportada de sus salarios al seguro social y medicare (según reportado en el formulario W2-PR), la menor de estas dos (2) cantidades independientemente tenga más de un (1) dependiente cualificado.

Los contribuyentes deben esperar a recibir el Comprobante de Retención (W2) para poder solicitar este crédito.

La cantidad del crédito se va eliminado si el límite de ingresos es mayor para los siguientes estados civiles:   personas casadas que radican una planilla en conjunto son $400,000.00 y $200,000 para todos los demás estados personales.
 

El término hijo calificado para este crédito a nivel federal incluye lo siguiente: 

  • Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo o hija de crianza, hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto, nieta, sobrina o sobrino). Un hijo de crianza es un niño puesto bajo su custodia por una agencia de adopciones autorizada o por un fallo, sentencia, decreto u otra orden de un tribunal con jurisdicción competente.

  • El hijo no se suministró más de la mitad de su propia manutención durante el año 2022.

  • Vivió con usted durante más de la mitad (más de 6 meses) del año 2022.

  • No radicará una planilla conjunta para el año 2022 o radicará una planilla conjunta para 2022 sólo para reclamar un reembolso de la contribución estimada o de contribuciones retenidas.

  •  Es ciudadano americano o extranjero con tarjeta de residente permanente de los Estados Unidos residente de Puerto Rico. 

  • El IRS da la menor la cantidad entre el credito (CTC) y lo retenido del seguro social.

Cualquier duda favor de comunicarse a nuestra oficina al (787) 564.5887, será un placer servirle. Email: tucontadorvirtualpr@gmail.com