En el caso de un contribuyente individual sin dependiente cualificado, si el IBG es mayor de $18, 610, pero no excede de $30,240, el crédito máximo de $1,745, será reducido por una partida igual al 15% del IBG en exceso de $18,610.
Los contribuyentes casados que rindan planilla conjunta sin dependiente, si la suma del IBG por ambos cónyuges es mayor de $20,940, pero no excede los $32,570, el crédito máximo de $1,745 será reducido por una partida igual al 15% del IBG, en exceso de $20,940.
Para individuos con un dependiente cualificado, el crédito será equivalente a un 33.98% del IBG, hasta un máximo de $4,071. Si el IBG es mayor $20,940, pero no excede de $36,062, el crédito máximo de $4,071 será reducido por una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $20,940.
Los casados con un dependiente, que rindan planilla conjunta, si la suma del IBG por ambos cónyuges es mayor de $25,590, pero no excede $40,712, el crédito máximo de $4,071, será reducido en una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $25,590.
Los individuos elegibles con dos dependientes cualificados tendrán un crédito equivalente al 40% del IBG, hasta un máximo de $6,400. En el caso de contribuyente individual, si el IBG es mayor de $24,430, pero no excede los $43,045, el crédito máximo de $6,400 será reducido por una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $24,430.
Los contribuyentes casados con dos dependientes que tengan un IBG mayor de $29,080, pero que no exceda de los $47,695 tendrán un crédito máximo de $6,400 reducido en una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $29,080.
Individuos elegibles con tres o más dependientes cualificados recibirán un Crédito por Trabajo equivalente al 44.83% del IBG, hasta un máximo de $7,563. En el caso del contribuyente individual, si el IBG es mayor de $24,430 pero no excede los $46,537, el crédito máximo de $7,563 será reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $24,430.
Los contribuyentes casados, que rindan planilla conjunta, con tres o más dependientes que sumen un IBG de $29,080, pero no exceda de $51,187, tendrán un crédito máximo de $7,563 reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $29,080.