Aumento en el Crédito por Trabajo para el año contributivo 2024

Aumento en el Crédito por Trabajo para el año contributivo 2024

En el caso de un contribuyente individual sin dependiente cualificado, si el IBG es mayor de $18, 610, pero no excede de $30,240, el crédito máximo de $1,745, será reducido por una partida igual al 15% del IBG en exceso de $18,610.

Los contribuyentes casados que rindan planilla conjunta sin dependiente, si la suma del IBG por ambos cónyuges es mayor de $20,940, pero no excede los $32,570, el crédito máximo de $1,745 será reducido por una partida igual al 15% del IBG, en exceso de $20,940.

Para individuos con un dependiente cualificado, el crédito será equivalente a un 33.98% del IBG, hasta un máximo de $4,071. Si el IBG es mayor $20,940, pero no excede de $36,062, el crédito máximo de $4,071 será reducido por una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $20,940.

Los casados con un dependiente, que rindan planilla conjunta, si la suma del IBG por ambos cónyuges es mayor de $25,590, pero no excede $40,712, el crédito máximo de $4,071, será reducido en una partida igual al 26.92% del IBG, en exceso de $25,590.

Los individuos elegibles con dos dependientes cualificados tendrán un crédito equivalente al 40% del IBG, hasta un máximo de $6,400. En el caso de contribuyente individual, si el IBG es mayor de $24,430, pero no excede los $43,045, el crédito máximo de $6,400 será reducido por una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $24,430.

Los contribuyentes casados con dos dependientes que tengan un IBG mayor de $29,080, pero que no exceda de los $47,695 tendrán un crédito máximo de $6,400 reducido en una partida igual al 34.38% del IBG, en exceso de $29,080.

Individuos elegibles con tres o más dependientes cualificados recibirán un Crédito por Trabajo equivalente al 44.83% del IBG, hasta un máximo de $7,563. En el caso del contribuyente individual, si el IBG es mayor de $24,430 pero no excede los $46,537, el crédito máximo de $7,563 será reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $24,430.

Los contribuyentes casados, que rindan planilla conjunta, con tres o más dependientes que sumen un IBG de $29,080, pero no exceda de $51,187, tendrán un crédito máximo de $7,563 reducido por una partida igual al 34.21% del exceso de $29,080.